Si la negativa persiste tras la intimación, el Ejecutivo puede aplicar sanciones administrativas por incumplimiento del deber de colaboración y dejar asentada la “obstrucción al control estatal”. Ese antecedente puede habilitar luego la vía judicial para solicitar una orden que obligue al ingreso de los veedores.
En Balcarce 50 insisten en que el procedimiento seguirá el curso administrativo y, de ser necesario, judicial. La conducción de la AFA anticipó que recurrirá a la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y eventualmente a la Corte Suprema para impugnar la medida. En Balcarce 50 descartan retroceder y sostienen que el conflicto deberá resolverse en sede judicial si no hay avances.














