Oct 25, 2021 Reflejos Jujuy Locales 0

También quedarán habilitados el personal docente, no docente y alumnado que deba concurrir a actividades académicas presenciales, donde se hubiera autorizado, así como las personas que deban concurrir para la atención de su salud, o tengan turno de vacunación, con sus acompañantes, si correspondiere. Todos deberán portar el certificado de circulación emitido por la aplicación móvil Cuidar.
En esos lugares, “mientras dure la situación de alarma epidemiológica y sanitaria, los servicios públicos de transporte automotor de pasajeros urbanos y suburbanos de jurisdicción nacional deberán circular con una cantidad de pasajeros que no supere la capacidad de asientos disponibles”, aunque “excepcionalmente, en los horarios de mayor requerimiento del servicio y ante el exceso de demanda, la capacidad podrá ampliarse hasta diez pasajeros de pie”.
Los servicios públicos de transporte ferroviario de pasajeros metropolitanos y regionales, en tanto, deberán circular allí “con una cantidad de pasajeros que no supere la capacidad de asientos disponibles, y hasta un pasajero parado por metro cuadrado en los espacios libres disponibles, según el tipo de coche correspondiente a cada formación”.
Además, la flamante Resolución propone, entre otras pautas, “extremar los recaudos para la desinfección e higiene de los vehículos, cumpliendo, como mínimo, con la totalidad de las medidas que determine la autoridad sanitaria” y “exigir el uso obligatorio de elementos de protección que cubran nariz, boca y mentón durante todo el viaje y durante el tiempo de espera para ascender al mismo, sea en paradas o en estaciones y/o apeaderos”, así como también “respetar el distanciamiento social”.
Fuente: Todojujuy.com




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